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El Orfis, con facultades para revisar gasto de recursos federales, aclaran

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La auditora general Delia González Cobos defendió la revisión que efectúa el Órgano de Fiscalización Superior (Orfis) al gasto de los recursos federales que invierten los municipios.

Esto luego de que se informó que la Secretaría del Bienestar notificó a los alcaldes que el Órgano de Fiscalización Superior no puede revisar el gasto público, especialmente los recursos que provienen de fondos federales.

La auditora explicó que ellos pueden hacer esa revisión, pues no se hace de manera dirigida, como sí lo hace la Auditoría Superior de la Federación (ASF), y aclara que las atribuciones para fiscalizar se las otorga la Constitución.

Hasta el momento no hay ninguna reforma constitucional que elimine la facultad de las entidades fiscalizadoras locales de revisar la cuenta pública de los municipios y entes estatales.

“El Orfis no revisa específicamente ningún fondo. Solo revisa el ingreso y el gasto contenido en la cuenta pública del ejercicio inmediato anterior. Esto de acuerdo con lo que dispone el artículo 115 fracción IV de la Constitución federal y 67 fracción III de la Constitución local.

“Las disposiciones contenidas en unos lineamientos en ningún caso pueden contravenir una norma constitucional, cuya jerarquía obviamente está por encima de cualquier norma emitida por una dependencia, ni siquiera por el Poder Legislativo”, concluyó.

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