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Presunto homicida menor de edad no iría a la cárcel; será internado

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De ser detenido, el menor de edad, presunto asesino de un niño de once años, no sería encarcelado, iría al Centro de Internamiento Especial para Adolescentes, con una probable pena no mayor a los tres años además de apoyo psicológico; en el caso de su padre, presunto propietario del arma, tampoco iría a prisión, pero sí sería sometido a trabajos conmutables, refiere Elizabeth Orozco Núñez presidenta de la coordinadora regional de abogados zona Orizaba- Córdoba

El hecho, dice, es de lamentarse, “la pérdida de un hijo a tan temprana edad es una situación que la familia no se recupera tan fácilmente, no es como hablar de una persona que ya ha vivido, se trató de una incipiente vida que apenas empieza y es una situación lamentable.

¿Legalmente qué procede?

Pues el menor responsable, de ser aprehendido, será puesto a disposición de un juez en Palma Sola, en el Centro de Internamiento Especial Para Adolescentes, porque ahí están los juzgados de responsabilidad juvenil. En el distrito de Orizaba, solamente tenemos una especie de representación que recae en una fiscal de responsabilidad juvenil y una vez detenido, debe ser remitido, por eso hay ciertos protocolos de seguridad con los menores.

De hecho, agrega, “la familia debe ser escuchada, en fin, hay protocolos de seguridad para los menores y se deben de seguir al pie de la letra para no ser violatorios de su derecho. La ley de responsabilidad juvenil es muy clara en cuestión de la edad, marca qué los que tengan entre 12 y menos de 14 años de edad, son los sujetos a la sanción que marca la ley de responsabilidad juvenil, aquí entre menos de 14 y menos de 18 hay una división de responsabilidad”.

En el artículo tercero, señala, “dice que para los efectos de la aplicación de esta ley se distinguen dos grupos de adolescente aquellos que tengan 12 y menos de 14 años de edad y aquellos que tengan entre 14 y menos de 18 años de edad este niño entra en el primer supuesto porque tiene el niño tiene 10 años, por lo tanto, será juzgado como menor ni siquiera entra en la ley de responsabilidad juvenil

¿Cuándo sea detenido, se le llevará a lo que se conoce como reformatorio?

“Sí es una especie de reformatorio, pero la familia de la víctima quiera que sea juzgado como adulto, pero no puede además que su madurez mental no le da para poder ser juzgado en estos grupos, es un menor de edad que todavía alcanza todos los beneficios de esa capacidad de edad precisamente por su limitante de madurez mental”.

¿La edad no lo exime de la responsabilidad?

Lo exime de algún modo porque es menor de edad 10 años, lo exime de responder al delito como adulto, no puede ser juzgado como un adulto, no puede, aunque haya sido el victimario.

¿Qué pena alcanzaría?

“Aquí tendríamos que checar, puede ser inclusive el caso de minoría de edad excluyente del delito y solamente, pero no me atrevería todavía hablar sobre la pena corporal, sobre todo porque ley es muy clara, es mucho menor de los 11 años entonces su situación de menor de edad puede ser el cimiento del delito y solamente alcanzar una sanción de reclusión mínima y más bien sería apoyo psicológico apoyo económico apoyo para lograr esa madurez y que entienda que lo que hizo no es algo que debería estar haciendo frecuentemente”.

La pena, calcula, “sería en un tipo de reformatorio qué máximo, calculo 3 años puede sonar muy mínimo para la familia de la víctima, incluso la comunidad misma puede sentirse agredida por esta situación, pero debemos entender que es un menor de edad”.

En el caso de la responsabilidad de los padres, la abogada precisa que sí existe tal, “hay omisión de cuidado, hay un descuido, pero a fondo se centraría una vez que se tenga la carpeta, pero se debe tomar en cuenta que el niño que perdió en las maquinitas, fue a la casa tomó el arma, regresó y le metió las balas al otro muchachito esta situación se advierte como premeditada, como que tiene las agravantes para que el proceso no sea considerado cualquier situación, que no fue accidental, que no es como en otras situaciones que se advertido después de que unos hermanitos se encuentran una pistola que se ponen a jugar con ella y se dispara, en esta vez era la intención”.

En el caso del padre del menor victimario, tampoco irá a la cárcel, refiere

“No, sí hay una sanción por supuesto también podría alcanzar una pena, pero es conmutable, puede ser conmutable con servicio a la comunidad, con multa, hay que ver también no podemos hablar de una pena porque finalmente el juez con el material probatorio que expongan por parte de la fiscalía qué es el órgano encargado de la investigación y por parte de la defensa que también va a buscar excluirlo del delito y hay que ver exactamente la situación del arma, dónde estaba, si en realidad estaba en resguardo, si el niño fue muy fácil el acceso alarma o si estaba con ciertas medidas de seguridad que el niño se pasó, hay demasiadas situaciones aquí que no me atrevería a determinar, si habría elementos necesarios para fijar la responsabilidad pero por lo pronto se advierte si una responsabilidad y una sanción que tampoco será privativa de la libertad”

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