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No sancionará INE presuntos actos anticipados de campaña en Morena

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Ciudad de México.- El Instituto Nacional Electoral (INE) negó medidas cautelares contra la jefa de gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum; el secretario de Relaciones Exteriores, Marcelo Ebrard, y el titular de la Secretaría de Gobernación, Adán Augusto López, por presunta promoción personalizada y actos anticipados de campaña a su favor.

Las quejas se relacionan con actividades que tuvieron los funcionarios en Querétaro y Baja California, y fueron promovidas por los partidos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD).

Sobre la denuncia que presentó el PAN, tras el acto denominado Asamblea Informativa, celebrado el 11 de febrero, en Colón, Querétaro, donde que consejeros y militantes de Movimiento Regeneración Nacional (Morena) y Verde Ecologista de México (PVEM) hicieron expresiones de apoyo hacia Claudia Sheinbaum con miras al próximo proceso electoral federal 2023-2024, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE estimó improcedente ordenar el retiro de las publicaciones en redes sociales y de Internet del evento en cuestión.

Expuso que desde una perspectiva preliminar, se trata de actos consumados e irreparables, al no estar disponibles las ligas denunciadas.

Asimismo, consideró que el evento cuenta con características partidistas y no se advierte la urgencia o peligro en la demora pues será hasta noviembre del presente año en que dará inicio el proceso electoral federal.

Las quejas contra el canciller Marcelo Ebrard fueron presentadas por el ciudadano Rodrigo Antonio Pérez Roldán, por su participación en una rueda de prensa celebrada el 22 de enero de este año en la ciudad de Querétaro, así como en el evento Encuentros para el Futuro, del día 18 de febrero, y otra, por la supuesta pinta de bardas en la Ciudad de México con la leyenda “Con Marcelo Sí”.

En el primer caso, se declaró la improcedencia de las medidas cautelares, consistentes en el retiro de las publicaciones de los eventos en redes sociales, al no advertir la urgencia o peligro en la demora. Mismo criterio se sostuvo por las publicaciones en medios de comunicación digitales, “ya que son un quehacer periodístico que está amparado bajo la libertad de expresión”.

También resultó improcedente la medida cautelar en cuanto al uso indebido de recursos, pues ello será una cuestión de análisis de fondo por parte de la Sala Regional Especializada.

En sesión extraordinaria la Comisión determinó la improcedencia de las medidas cautelares respecto de las pintas de bardas con la leyenda “Con Marcelo Sí”, al considerar, en apariencia del buen derecho, no se tienen elementos para afirmar que la propaganda esté relacionada con el servidor público, además de que no se advierte que ésta tenga un impacto directo e inmediato en algún proceso electoral.

Por otra parte, sobre la denuncia que presentó Ángel García González contra Jorge Gutiérrez Topete, director general del Instituto de Movilidad Sustentable del estado de Baja California; a Adán Augusto López, secretario de Gobernación, y Arturo Aguirre González, líder de Calfia Transportes, por presuntos actos anticipados de precampaña y campaña, y la supuesta intervención de líderes y organizaciones sindicales en actividades proselitistas, el órgano colegiado declaró improcedente la solicitud de medidas cautelares.

La Comisión resolvió otras quejas, entre ellas la que el PRD presentó en contra de Erasmo Martínez Rodríguez, director general del Colegio de Bachilleres de Tabasco, de Morena, y de quienes resulten responsables, por presunto uso indebido de recursos derivado de la colocación de propaganda de tipo político-electoral en la barda perimetral del plantel número 30 de esa institución de educación media superior, pues, contiene los hashtags #EsClaudia y las frases “Que siga López con Adán” y “Yo voy con #Adan”.

Declaró improcedente la solicitud de la cautelar al tratarse de actos consumados, pues actualmente en las pintas ya no se encuentra el material denunciado. Lo relativo al uso indebido de recursos públicos será una cuestión de análisis de fondo por parte de la Sala Regional Especializada.

En cuanto a la queja que presentó el Revolucionario Institucional (PRI) contra Morena, por presunto uso indebido de la pauta, derivado de la difusión del promocional Contraste pautado para televisión y radio, en el periodo de intercampaña dentro del proceso electoral local en el Estado de México, la Comisión consideró que bajo la apariencia del buen derecho y de un análisis preliminar al contenido, la frase “las y los del PRIAN han hecho todo por mantenerse en el poder. Fraudes, mentiras, injusticias, corrupción”, es libertad de expresión.

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