La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó el amparo promovido por la empresa Sabritas, contra la disposición, vigente desde la Miscelánea Fiscal de 2022, para que los transportista tengan que llevar una Carta Porte que acredite el origen legal de su carga.
Este documento electrónico se expide como complemento del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), y la omisión de tramitarlo será motivo de una sanción económica a partir del 31 de julio. En su fallo, aprobado por unanimidad, los ministros señalaron que, con la emisión de este documento, el SAT no invade la competencia de la Federación en materia de regulación de comercio, al emitir reglas sobre las características de los comprobantes fiscales digitales que amparan la legalidad del transporte de mercancías.