martes, abril 30, 2024
Anúnciate aquíGoogle search engine
Iniciosección principalFGE acatará resolución que libera a la jueza Angélica “N”: Hernández Giadáns

FGE acatará resolución que libera a la jueza Angélica “N”: Hernández Giadáns

Dan plazo de 24 horas para soltarla; autoridades estatales “violaron sus derechos”, dice

Anúnciate aquíGoogle search engine

A través de un comunicado, la titular de la Fiscalía General del Estado (FGE), Verónica Hernández Giadáns, fijó su postura respecto de la orden de una jueza federal que anuló el proceso judicial que se le seguía a la jueza Angélica Sánchez Hernández, a quien se le imputaron los delitos contra la fe pública y abuso de autoridad.

Contrario al criterio de la juez federal, la fiscal aseguró que el amparo que le habían otorgado a la jueza Angélica Sánchez se había girado días antes de que se emitiera la orden de aprehensión en su contra, por lo que no la protegía contra los delitos que le imputaron.

Pese a su rechazo, la fiscal aseguró que se acatará la sentencia que ordenaba dejar sin efecto el proceso judicial y dejar en libertad a la juez, quien desde el 13 de julio estaba en resguardo domiciliario.

“El día de ayer, la Jueza Decimoquinta de Distrito en el Estado de Veracruz emitió resolución en el incidente por incumplimiento de la suspensión provisional, dentro del Juicio de Amparo promovido por Angélica “N”, se lee en el comunicado.

“Dicha Jueza considera que se incumplió la suspensión provisional concedida el 9 de junio de 2023, al haberse ejecutado una orden de aprehensión que fue emitida el 16 de junio de 2023, es decir, 7 días después y, como consecuencia de ello, ordena que Angélica “N” sea dejada en inmediata y absoluta libertad; ello, es claramente ilegal pues en el Juicio de Amparo la concesión de la suspensión no puede constituir derechos que no haya tenido la quejosa antes de la presentación de la demanda ni protegerla contra actos futuros o inciertos”.

“Por ahora, la Fiscalía General del Estado acatará la resolución; aunque no comparte el criterio de la Jueza Decimoquinta de Distrito. Es muy claro que el 9 de junio de 2023, fecha en que se concedió la suspensión provisional, aún no existía la orden de aprehensión que se ejecutó contra Angélica “N”, pues ésta es de fecha 16 de junio de 2023”.

Es evidente que la suspensión provisional sólo la protegía contra actos emitidos hasta la fecha de la presentación de su demanda de amparo; es decir, antes del 9 de junio de 2023, y no contra aquellos actos que fueren dictados con posterioridad al otorgamiento de la suspensión; como lo es la orden de aprehensión que le fue ejecutada, ya que esta última, como ya lo aclaré, fue emitida el 16 de junio de 2023. Por estas razones, la Fiscalía General del Estado combatirá esa resolución a través de los recursos que le da la Constitución y la Ley de Amparo para que sea revisada por un Tribunal Colegiado de Circuito”.

“Es importante señalar que esta resolución no afecta el fondo del proceso penal, por lo que continuará la investigación hasta que se esclarezcan los hechos probablemente constitutivos de delitos, en los que presuntamente está involucrada Angélica “N”.

Buscaremos siempre el Estado de Derecho, que tiene como fin proteger el interés público y general, los derechos de los débiles y las víctimas y no de sus infractores.

Ordenan cancelación inmediata del proceso contra jueza

El juzgado Decimoquinto de Distrito de Veracruz ordenó a la FGE y al juez de la causa la cancelación inmediata del proceso en contra de la jueza local, Angélica Sánchez, y que se le deje en libertad sin condicionamiento alguno.

La juez Daniela María León Linarte, dio un plazo de 24 horas para liberar a Sánchez Hernández, al argumentar que las autoridades estatales violaron la suspensión de amparo que se le concedió en junio pasado para evitar que se ejecutara la orden de aprehensión en su contra.

“La autoridad jurisdiccional declarará nulas todas las actuaciones que haya practicado con motivo de la recepción de dicho oficio, tales como, la puesta a disposición de la quejosa, la fijación de hora y fecha para la celebración de la audiencia inicial, el desahogo de la misma, las medidas cautelares impuestas, el auto de vinculación a proceso, cualquier resolución incidental dictada en tales autos o algún cambio de medida cautelar, la fijación de plazo para la investigación complementaria y todas y cada una de las subsecuentes actuaciones emitidas dentro de tal proceso penal”, señala el expediente.

La impartidora de justicia indicó que en ese mismo auto, en estricto acatamiento a la suspensión provisional del 9 de junio de 2023, dictada en el incidente de suspensión en que se actúa, al momento de acordar la recepción de tal oficio, “determine no tener a su disposición a la allá investigada Angélica Sánchez Hernández y por el contrario, establezca que, en virtud de que los hechos con apariencia de delito por los que se investiga a la aquí quejosa no ameritan prisión preventiva oficiosa, ordene que se le deje en inmediata y absoluta libertad sin condicionamiento alguno”.

Las autoridades judiciales pueden impugnar el fallo, para que el caso se turne a un tribunal colegiado de Veracruz, quien determinará después si confirma, modifica o revoca el fallo de primera instancia, aunque la juez ya tendrá que gozar de plena libertad.

Sánchez Hernández promovió un juicio de amparo contra la prisión preventiva justificada que se le impuso el pasado 16 de junio, ya que es acusada por la fiscalía estatal de tráfico de influencias y delito contra la fe pública, al emitir un dictamen que puso en libertad a Itiel Palacios, alias El compa playa, identificado como un generador de violencia en el estado.

En su demanda, la juez de Veracruz apeló la determinación del juez de control de realizar la audiencia inicial de forma privada, lo que aseguró, “constituye un acto de imposible reparación, en el sentido de que se afecta uno de los principios rectores del proceso penal acusatorio sin una justificación válida”.

Pero no sólo eso, reclamó la resolución que declaró improcedente la nulidad de la orden de captura, ya que se emitió por una autoridad incompetente por razón de territorio y porque contaba con una suspensión provisional; incluso, mencionó que cuando fue detenida en la Ciudad de México, los elementos de la Guardia Nacional (GN) no le mostraron el mandamiento judicial.

martes, abril 30, 2024
Artículos Relacionados
spot_imgspot_imgspot_imgspot_img

Lo más reciente

Publicidadspot_imgspot_imgspot_imgspot_img
Publicidadspot_imgspot_imgspot_imgspot_img