Orizaba, Ver.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) estimó que la figura del arraigo, creada en 2008, es violatoria de la presunción de inocencia, pero más grave es que el Estado mexicano no acate las resoluciones el organismo; “el arraigo es una vergüenza que, pese a todo, prevalece y no se elimina”, refirió la abogada Elizabeth Orozco Núñez, representante de la coordinadora de abogados Orizaba-Córdoba.
Al respecto, la abogada opinó que
“Al Estado mexicano debería darle vergüenza por haber creado en el 2008 y que aún prevalece la figura del arraigo, que ha llevado a la violación de la presunción de inocencia, el Estado mexicano debe acatar la recomendación de la CIDH y lo antes posible desaparecer esta figura”.
La figura presunción de inocencia
“Se debe respetar y no privar de la libertad a alguien de quien todavía no se está seguro que haya cometido el delito, si se está seguro se debe girar otro tipo de medida, se debe encaminar un sistema penal acusatorio digno de nuestro país, por ejemplo hay estados de la República en donde no hay un órgano de medidas cautelares, en donde la inversión que se destinó para acondicionar todo el sistema para los juicios orales y respetar la presunción de inocencia, se gastó hasta el último peso pero no se hizo nada”.
En contraparte hay otros estados, como Puebla
“Que cuenta con una unidad de medidas cautelares que se dedica a hacer un estudio exhaustivo de las personas que presuntamente han cometido un delito y cuida que no se vayan a evadir de la acción de la justicia, Veracruz que no tiene esa figura y eso ocasiona que, como no hay un control sobre esas personas que se presume son responsables de un delito, lo que hacen es darse a la fuga, porque no hay una medida de estudio real”.
Por eso nace la figura del arraigo
“Porque al mexicano se le hace muy fácil decir ‘me fugó, me voy y así ya no va a ver quién me incrimine o me someta. Me desaparezco para esperar que la situación cambie y después veo’. Ésos son los paradigmas que se deben enfrentar y resolver.
”La unidad de medidas cautelares es la encargada de elaborar un estudio, incluso de los familiares, de los probables domicilios en donde se pueda ir la persona que está iniciando un proceso en el que se presume culpable. El arraigo es totalmente ilegal, es privatorio con el solo indicio que se va a iniciar una investigación ya lo privas de la libertad, mientras, no lo dejas trabajar, atender a su familia, hacerse de recursos además que el Estado mexicano gasta para mantenerlo en el lugar en que lo tenga arraigado”.
La decisión de la CIDH
“Me parece acertadísima, qué vergüenza que se tenga que recurrir a instancias internacionales para que regulen una situación que se tuvo que haber regulado en México, afortunadamente y con los cambios que hay en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), nos alienta a pensar que los cambios van para bien, que la autonomía del Poder Judicial se está defendiendo y que se está actuando de forma legal”.
Es lamentable que no haya sido la SCJN la que haya frenado o declarado inconstitucional el arraigo
“Exhibir a México como un país en donde se violan los derechos es una pena, son errores que se van acumulando”.






