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Líder obrero defiende a empresarios ante jornada laboral de 40 horas

Objetivo de la reforma es positivo; se deben analizar las condiciones específicas: CROC

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Orizaba, Ver.- La propuesta de reducir la jornada laboral en México a 40 horas quebrará particularmente a micro y pequeños empresarios, quienes advierten complicaciones para su implementación sin afectar la operación diaria y el ingreso de los trabajadores. En la región de Orizaba, el tema ya forma parte de la conversación entre sindicatos, patrones y autoridades laborales.

El secretario general de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC) en Orizaba, César Silva Reyes, consideró que, si bien la iniciativa busca mejorar la calidad de vida de los empleados, en la práctica podría representar un reto significativo para las unidades económicas más pequeñas, que operan con márgenes limitados y plantillas reducidas.

“La verdad es que las micro y pequeñas empresas no podrán”, expresó al referirse a la posibilidad de adoptar una jornada de 40 horas sin modificar su estructura actual. Explicó que, en muchos casos, estos negocios dependen de jornadas completas distribuidas en seis días de trabajo, por lo que una reducción implicaría necesariamente ajustes operativos.

De acuerdo con el dirigente sindical, los empleadores tendrían dos caminos que son, incrementar el número de turnos y contratar más personal, o bien mantener la plantilla actual y cubrir el tiempo faltante con horas extras. Sin embargo, ambas alternativas tienen implicaciones económicas tanto para el patrón como para el trabajador.

“Semana de 40 horas, pero trabajando seis días; o aumentas turnos y personal, o pagas tiempo extra”, señaló Silva Reyes, al detallar los escenarios que enfrentaría el sector. En ese sentido, advirtió que el pago de horas extras podría traducirse en una mayor carga fiscal para los empleados, lo que terminaría por afectar su ingreso neto.

El líder de la CROC subrayó que, aunque el objetivo de la reforma laboral es positivo, resulta indispensable analizar las condiciones específicas de cada sector antes de su aplicación generalizada. En regiones como Orizaba, donde predominan los pequeños comercios, talleres y servicios familiares, los cambios podrían resentirse con mayor fuerza.

Asimismo, apuntó que muchas microempresas aún se recuperan de los efectos económicos derivados de la pandemia y de la inflación reciente, por lo que asumir nuevos costos laborales sin un esquema de apoyo podría poner en riesgo su viabilidad.

Silva Reyes insistió en que cualquier modificación a la jornada laboral debe ir acompañada de incentivos o programas de respaldo para las pequeñas unidades económicas, a fin de evitar cierres o despidos. De lo contrario, advirtió, se corre el riesgo de generar un efecto contrario al buscado, impactando negativamente en el empleo formal.

Hizo un llamado a las autoridades y legisladores para abrir espacios de diálogo con representantes del sector productivo y sindical, con el objetivo de construir una propuesta equilibrada que beneficie tanto a trabajadores como a empleadores.

Mientras tanto, el debate sobre la jornada de 40 horas continúa avanzando a nivel nacional, en medio de posturas encontradas y con la expectativa de que, en caso de aprobarse, su implementación contemple las particularidades de cada región del país.

Por unanimidad, la Cámara de Diputados aprobó reducir la jornada laboral 

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, con la unanimidad de 441 votos, el proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de reducción de la jornada laboral de 48 a 40 horas semanales, sin disminución del salario y de manera gradual.

El dictamen a la minuta, que deriva de una iniciativa presentada por la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, se remitió al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. Con ello, se fortalece el ecosistema laboral, genera bienestar, garantiza los derechos de las personas trabajadoras y protege la productividad de las empresas mexicanas.

Determina que la jornada laboral podrá distribuirse de común acuerdo por las personas empleadoras y trabajadoras; su duración máxima será de 40 a horas a la semana y ocho al día, podrá prolongarse por situaciones extraordinarias.

En estos casos, se abonará como salario por este tiempo un 100 por ciento más de lo fijado para las horas ordinarias. El tiempo extraordinario no excederá de doce horas en una semana, las cuales podrán distribuirse en hasta cuatro horas diarias, en un máximo de cuatro días en ese periodo.

Además, las personas trabajadoras no están obligadas a prestar sus servicios por un tiempo mayor del permitido. La prolongación del tiempo extraordinario que supere lo establecido en el artículo 66 de esta Ley, no podrá ser mayor de cuatro horas a la semana y obliga a la persona empleadora a pagar un doscientos por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada ordinaria. La suma de las jornadas ordinaria y extraordinaria, en ningún caso podrá ser mayor a doce horas diarias.

También estipula que por cada seis días de trabajo se deberá otorgar, por lo menos, un día de descanso con goce de salario íntegro. Las personas que laboren en domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.

Establece como obligación de las personas empleadoras registrar de manera electrónica la jornada laboral de cada persona trabajadora, incluyendo el horario de inicio y finalización y proporcionarlo a la autoridad cuando se le requiera.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social expedirá las disposiciones de carácter general que determinen el ámbito de aplicación y excepción a la obligación establecida en el párrafo que antecede. El contenido del registro electrónico hará prueba plena si se acredita que fue acordado entre la persona trabajadora y empleadora.

Asimismo, impone multa de 250 a cinco mil Unidades de Medida y Actualización a la persona empleadora obligada que incumpla con esta disposición.