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Exhortan habitantes totonacas a juez a que prohíba el uso de fracking en sus comunidades

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A casi un año de que habitantes de 14 comunidades totonacas del municipio de Papantla, Veracruz, interpusieran una demanda de amparo en contra del uso del fracturamiento hidráulico (fracking) como método de extracción de hidrocarburos en su territorio, organizaciones de la sociedad civil hacen un llamado respetuoso a que el juez décimo tercero de distrito en el estado de Veracruz ordene las pruebas científicas necesarias para emitir una sentencia que profundice en las problemáticas asociadas al fracking y que determine procedente su prohibición en el municipio para proteger al ambiente y a las personas.

En la demanda de amparo, promovida el 22 de marzo del 2023 –en el Día Mundial del Agua–, los habitantes reclaman que el fracking afecta gravemente su patrimonio biocultural y viola sus derechos humanos, particularmente los derechos de acceso a la información ambiental, a la participación, al agua y a un ambiente sano.

Por la importancia nacional e internacional de este caso, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) interpuso el 29 de enero un escrito legal (amicus curiae) que proporciona al juez información técnica y científica relacionada con los efectos que el fracking tiene en las personas, las comunidades, el clima y los ecosistemas.

En el escrito se resaltan también diversos estándares internacionales vigentes en la materia y ejemplos de cómo se han resuelto casos similares en otras partes del mundo.

En el documento, expertas y expertos internacionales explican los riesgos que implica el uso del fracking por la contaminación del agua, el aire, los suelos y los alimentos con afectaciones a seres vivos.

El fracking es un método de extracción no convencional de gas fósil y petróleo, en el cual se perfora el subsuelo a grandes profundidades y se inyectan a alta presión elevados volúmenes de agua combinada con químicos.

Según datos científicos, la cantidad aproximada de agua utilizada por pozo varía entre 9 y 29 millones de litros.

También provoca altas emisiones de gases que afectan la calidad del aire y agravan la crisis climática, de los cuales preocupa particularmente el metano por ser una de las causas principales del calentamiento global.

Las organizaciones han denunciado que en por lo menos mil 231 pozos petroleros y el 56.8 por ciento del total de pozos del municipio de Papantla se ha usado fracking, una técnica de extracción de hidrocarburos altamente nociva para el medio ambiente y la salud humana, sin proporcionar información adecuada ni consultar a los habitantes.

“En el caso del municipio de Papantla, existe una situación inaceptable de incertidumbre e inconsistencias en la información disponible en torno al uso del fracking, específicamente respecto de las sustancias utilizadas para la fracturación de rocas, los lugares en donde se realiza y los impactos que produce”.

Alertan que esto representa una violación sistemática a los derechos de acceso a la información de las personas que viven en los entornos adyacentes a los pozos, particularmente el pueblo totonaco. Como señala el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú), el acceso a la información y la participación en asuntos ambientales son partes esenciales del derecho a un medio ambiente sano, por lo que la violación a los primeros implica una violación a lo último.

Para las comunidades totonacas, el fracking causa daños graves e irreversibles a la salud, el agua, los ecosistemas y el territorio ancestral. Hasta la fecha, los habitantes del municipio no conocen a fondo los efectos que esta actividad está y seguirá causando en sus cuerpos y en su territorio.

Por ello, las organizaciones nacionales e internacionales que suscribimos este boletín hacemos un llamado respetuoso al juez décimo tercero de distrito en el estado de Veracruz para que:

  • Ordene el desahogo de todas las pruebas que estime necesarias para conocer a fondo la problemática ambiental y de derechos humanos asociada al uso del fracking en Papantla, Veracruz, y así pueda emitir una sentencia que proteja a las personas y al ambiente;
  • Resuelva el caso de cara a los mejores estándares de protección de los derechos humanos, especialmente aquellos relacionados con el medio ambiente sano, el agua, el acceso a la información y la participación, así como los derechos del pueblo totonaco reconocidos en el artículo 2° constitucional;
  • Evite el avance del fracking en el municipio de Papantla por las violaciones a los derechos de las comunidades totonacas que ha generado y genera; y
  • Ordene a las autoridades del estado difundir información completa, congruente, real, actualizada, accesible y culturalmente adecuada para que las comunidades conozcan a detalle las afectaciones y riesgos de la actividad, y puedan participar en la toma de decisiones sobre el uso del fracking en sus territorios.
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