Por Arturo Méndez
La reforma al artículo 10 de la Constitución Política del Estado de Veracruz, realizada en 2017, estableció que a partir de 2023 la Universidad Veracruzana (UV) recibiría el 4% del presupuesto general del estado. No obstante, en 2023 se le asignó únicamente el 2.45% y, en 2024, el 2.50%. Según el Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Veracruz (ORFIS), entre 2021 y 2024, la cuenta pública de la UV registró un monto total de 10,703,600 pesos por concepto daño patrimonial, y un monto de 5,561,258,147.45 pesos por subejercicio del gasto público. Esta información se difunde poco entre la comunidad universitaria, lo que resalta la importancia de contar con mecanismos más efectivos de transparencia y una auténtica rendición de cuentas sobre el manejo de los recursos financieros de la UV.
Respecto a la asignación presupuestal, la UV ha insistido en el cumplimiento del artículo constitucional mencionado. El debate principal radica en la forma en que se calcula el 4 %: la universidad lo hace respecto al presupuesto general del estado, mientras que el gobierno estatal lo calcula sobre los ingresos de libre disposición (recursos financieros que no están etiquetados, es decir, no están destinados a un fin específico)
Las autoridades universitarias han recurrido principalmente a acciones institucionales para exigir el cumplimiento de la legalidad como entrevistas y eventos institucionales, reuniones con autoridades estatales -Secretaría de Finanzas y Planeación (SEFIPLAN) y Gobierno del Estado- y negociaciones presupuestales. Hasta ahora, no se han utilizado recursos jurídicos -amparo, acción de inconstitucionalidad, denuncia ante el Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Veracruz (ORFIS)/Auditoria Superior de la Federación (ASF) y queja ante el Congreso estatal-, ni se ha recurrido a la movilización universitaria.
El rector de la Universidad Veracruzana enfrenta una situación compleja, ¿Cómo puede exigir a las autoridades gubernamentales el cumplimiento de lo establecido en la Constitución Política del Estado de Veracruz respecto a la asignación presupuestal para la UV, si él mismo no ha respetado lo dispuesto en la Ley de Autonomía y la Ley Orgánica de la UV en materia de elección del rector?
El daño patrimonial se refiere a la afectación de los bienes y recursos públicos. En la auditoría practicada por el ORFIS correspondiente al año 2021, no se registró ningún daño patrimonial. Para 2022, el presunto daño patrimonial ascendió a 4,643,744.06 pesos, en 2023, fue de 4,652,538.19 pesos, y, en 2024, la cifra observada fue de 1,253,774.97 pesos. Lo solventación de estos casos sigue en proceso, y no se ha validado públicamente su cierre.
El subejercicio del gasto público de la UV ocurre cuando la institución gasta menos de lo que le fue aprobado en el presupuesto de egresos por los gobiernos federal y estatal para un ejercicio fiscal. El subejercicio presupuestal representa un alto costo para el desarrollo y la calidad de las actividades institucionales, ya que afecta negativamente las funciones sustantivas de la vida universitaria, como la docencia, la investigación y la extensión y vinculación universitarias.
De acuerdo con el ORFIS, el subejercicio del gasto público en la Universidad Veracruzana fue de:1,578,432,909.20 pesos en 2021, 1,201,780,048.25 pesos en 2022, 1,845,657,218.24 pesos en 2023, y 1,935,387,971.76 pesos en 2024. Entre las posibles causas del subejercicio del gasto público se encuentran: una planeación presupuestal deficiente, falta de capacidad operativa, liberación tardía de los recursos públicos federales y estatales, así como posibles actos de corrupción. Cabe señalar que el ORFIS únicamente proporciona información sobre el monto anual y los renglones generales del subejercicio del gasto público (servicios personales, materiales y suministros, inversión, etc.), lo que dificulta identificar con precisión las causas específicas de este subejercicio presupuestal.
Entre las principales instancias responsables de la vigilancia presupuestal se encuentran: la Junta de Gobierno y el Consejo Universitario General (CUG) de la Universidad Veracruzana, el Congreso estatal y el ORFIS. Sin embargo, la información revisada previamente genera serias dudas sobre la eficacia de las acciones implementadas por estas instituciones en la supervisión de la asignación y el uso de los recursos financieros de la UV.
La Ley de Autonomía de la UV (artículo 4, fracción X) otorga a la Junta de Gobierno la facultad de vigilar y controlar el presupuesto; sin embargo, estos mecanismos no han generado los resultados esperados. Por su parte, la Ley Orgánica de la Universidad Veracruzana (artículo 25, fracción IV) le confiere al Consejo Universitario General la atribución de aprobar el presupuesto de egresos anual de la UV. No obstante, la mayoría de los integrantes realiza esta aprobación sin un conocimiento ni un análisis profundo del presupuesto en cuestión.
El ORFIS tiene la responsabilidad de revisar, auditar y supervisar las cuentas públicas, así como de determinar las responsabilidades administrativas y los daños patrimoniales de los entes fiscalizables. Además, realiza el seguimiento a la solventación de las observaciones. Sin embargo, esta institución ha presentado diversas deficiencias en el cumplimiento de sus funciones principales, ha fallado en la implementación de acciones correctivas ante el manejo inadecuado de los recursos públicos. Asimismo, las denuncias judiciales que ha presentado rara vez se traducen en sanciones para quienes infringen la ley.
Finalmente, corresponde al Congreso del Estado aprobar la Ley de ingresos y Egresos del Estado de Veracruz, así como supervisar -con el auxilio del ORFIS- y aprobar la cuenta pública. Este órgano legislativo fue el responsable de elaborar y aprobar la ley que le asigna a la UV un presupuesto anual equivalente al 4% del total del presupuesto general del estado. Sin embargo, hasta ahora, dicha disposición no se ha cumplido. Ante esta situación, lo mínimo que se exige a los representantes parlamentarios es que cumplan íntegramente las leyes que ellos han aprobado.
