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Plantea CNDH modificar esquema legal; el actual no es óptimo, indica

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En la gestión que encabeza Rosario Piedra Ibarra al frente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), este organismo ha solicitado las comparecencias de 39 autoridades por la no aceptación de 37 recomendaciones.

Entre los que se han negado a aceptarlas se encuentran autoridades federales como las secretarías de Marina, con nueve de estos mecanismos, y la del Trabajo con dos. La Secretaría de Gobernación, el Instituto Nacional de Migración (INM), la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), la Universidad Pedagógica Nacional y el Órgano Coordinador de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García con una recomendación cada una.

Asimismo, se tiene registro de gobiernos estatales como el de Guanajuato y Oaxaca que han rechazado dos, respectivamente, y los de Veracruz, Tabasco, Nayarit, Chiapas y Puebla con una por cada autoridad.

De igual forma, algunas autoridades y dependencias locales se han negado a aceptar y cumplimentar estas disposiciones de la comisión nacional, como las fiscalías de Veracruz y de Tabasco, con dos cada una, y las de Querétaro y Chiapas con una, al igual que la Universidad Popular Autónoma de Veracruz; la Secretaría de Inclusión y Bienestar Social de la Ciudad de México; las Comisiones de Derechos Humanos de la Ciudad de México, Quintana Roo y Chiapas, así como ocho ayuntamientos de Oaxaca, tres de Veracruz y uno de Guanajuato, Guerrero, Chiapas y San Luis Potosí.

En un comunicado, la CNDH expuso que el único recurso con que cuenta actualmente para hacer cumplir sus recomendaciones es el de acudir a la Cámara de Senadores o, en sus recesos, a la Comisión Permanente, a efecto de que se llame a comparecer a las autoridades o personas servidoras públicas responsables, para que expliquen los motivos de su negativa. Esta facultad la establece la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en su artículo 15, párrafo.

En este sentido, también aprovechó para reiterar que es necesario revisar el esquema legal bajo el cual se rige la CNDH, “en virtud de que está probado que no es el óptimo para el cumplimiento de su misión constitucional”, ya que desde su creación “solo ha estado capacitada legalmente para emitir ‘recomendaciones’, que son en realidad declaraciones sin ningún carácter de obligatoriedad, que es lo que desde 2011 mandata el artículo primero de la Constitución: la obligación de toda autoridad de observar y respetar los derechos humanos, y es la fecha que no se cumple”.

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