jueves, mayo 2, 2024
Anúnciate aquíGoogle search engine
InicioEditorialDerechos relegados

Derechos relegados

Anúnciate aquíGoogle search engine

La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la inconstitucionales varios artículos del código civil del estado. En ellos se define al matrimonio y a la familia solamente como el resultado de la unión entre un hombre y una mujer. Lo que conculca los derechos y beneficios del matrimonio legal a parte significativa de la población del estado.

Igualmente se deroga el artículo que defiende la vida y condición humana desde el momento mismo de la concepción.

Hubo de intervenir la SCJN para romper los atavismos conservadores de los diputados morenistas que han sido incapaces -sea por impreparación, atavismos religiosos o cruda especulación política– de reconocer el derecho de las personas a unirse con quien les venga en gana independientemente de su sexo biológico; y el de las mujeres a decidir consumar o no su eventual maternidad.

No poca cosa si nos atenemos a que son veintinueve diputados de Morena frente a veintiún diputados de los otros partidos. Sobrados para aprobar con holgura tales reformas.

Cualquiera que sea la razón para la tolerancia de la diputación morenista, es inquietante que sea la SCJN la que corrija la plana. Un serio llamado de atención sobre la tarea legislativa y sobre la atención que la ciudadanía debe tener sobre la tarea legislativa.

jueves, mayo 2, 2024
Artículos Relacionados
spot_imgspot_imgspot_imgspot_img

Lo más reciente

Publicidadspot_imgspot_imgspot_imgspot_img
Publicidadspot_imgspot_imgspot_imgspot_img