El Servicio de Administración Tributaria (SAT) otorga a los contribuyentes con adeudos fiscales la posibilidad de pagarlos en un plazo de hasta 36 meses a una tasa de interés de 1.82 por ciento anual, informó Alejandro Alcalde, administrador desconcentrado de recaudación de la oficina norte de la dependencia.
El funcionario informó que se trata de beneficios que ya existen en la regulación tributaria, sin embargo, se busca difundirlos para ayudar a los contribuyentes a ponerse al corriente en el pago de sus impuestos.
Explicó que las facilidades consisten en ofrecer esquemas a plazo, en los que es necesario hacer una pago inicial equivalente al 20 por ciento del adeudo total.
El monto restante se puede saldar al plazo que elija el contribuyente siempre que el Servicio de Administración Tributaria lo autorice, ya que la regulación establece excepciones.
Cuando el plazo de pago es de uno a 12 meses, la tasa de interés es de 1.26 por ciento, y en el caso de 12 a 24 meses, el rédito es de 1.53 por ciento. El periodo mayor, es de 25 a 36 meses, por el cual, el SAT cobra 1.82 por ciento.
Si el contribuyente dejara de pagar alguna de sus mensualidades, el SAT volverá a recalcular la deuda total y la actualizará conforme a la inflación.
Alcalde agregó que el SAT también está otorgando reducción desde 90 por ciento en multas, pero no de forma discriminatoria, sino únicamente a aquellos contribuyentes que han sido cumplidos y que no hayan presentado un comportamiento de evasión de impuestos.






