En pleno 2026 debería resultar inconcebible que los apoyos sociales destinados a garantizar mínimos de dignidad —alimentación, medicamentos, techo— puedan convertirse en materia de disputa mercantil. Y sin embargo, en Veracruz, entre enero de 2022 y septiembre de 2025 se celebraron 354 juicios mercantiles en los que se ordenó el embargo precautorio de cuentas bancarias de personas usuarias del Banco del Bienestar, incluidos beneficiarios de pensiones para adultos mayores. La mayoría de estos procedimientos fueron promovidos por entidades financieras privadas, las llamadas Sofomes, y aunque sólo en cinco casos se ejecutó el embargo, el dato revela un patrón inquietante que comienza a normalizarse en el tejido jurídico y social del estado.
El caso de una mujer de 68 años que encontró su cuenta del Bienestar en ceros, sin previo aviso, debido a una demanda por una supuesta deuda que ella niega haber solicitado, ilustra una forma particularmente grave de violencia institucional: el intento de embargar la subsistencia misma de quienes dependen de un ingreso mínimo para vivir. El procedimiento se sustentó en documentos cuestionables y en un proceso judicial opaco, en el que la afectada no tuvo conocimiento oportuno ni capacidad real de defensa. Resulta difícil justificar que un mecanismo creado para proteger a los sectores más vulnerables termine siendo el punto de entrada para su despojo.
El argumento técnico de que “sólo se inmoviliza la cuenta, no se retira el apoyo” constituye una trampa semántica peligrosa. Convertir un apoyo social —reconocido constitucionalmente como parte del derecho al bienestar— en un saldo bancario susceptible de embargo implica un desplazamiento profundo de su naturaleza jurídica y moral. Cuando una transferencia estatal puede ser tratada como garantía para acreedores privadas, el Estado deja de ser garante de derechos y se convierte, de facto, en intermediario pasivo del negocio financiero. El apoyo social pierde su carácter protector y se transforma en un botín potencial.
Que esto ocurra en Veracruz no es una anomalía aislada. Es el reflejo de una falla estructural: la ausencia de candados legales claros que declaren inembargables los recursos destinados a la subsistencia básica. Organizaciones civiles han documentado prácticas recurrentes de algunas financieras: pagarés en blanco, alteración de fechas, montos inflados y demandas dirigidas contra personas con mínima capacidad de defensa jurídica. No se trata de errores administrativos, sino de estrategias deliberadas que explotan la vulnerabilidad social para convertir la pobreza en un nicho de negocio.
En este contexto, el papel del Poder Judicial resulta especialmente preocupante. Autorizar embargos o inmovilizaciones de cuentas donde se depositan pensiones y apoyos sociales revela una jerarquía de valores distorsionada, donde el interés mercantil pesa más que el derecho al mínimo vital. No es neutralidad judicial; es una toma de posición silenciosa a favor del capital financiero. Cuando los tribunales operan como brazos auxiliares de cobranza, la justicia deja de cumplir su función social.
El resultado es una ironía cruel: personas adultas mayores, con discapacidad o en situación de vulnerabilidad reciben un apoyo estatal que, al ingresar al sistema bancario, pierde su protección y queda expuesto al acecho de acreedores. El mínimo vital no puede convertirse en mercancía. Ningún Estado que se pretenda social puede permitir que el derecho a la subsistencia sea condicionado por la lógica del cobro.
Blindar los apoyos del Bienestar frente a embargos no es un privilegio indebido ni una concesión populista. Es una condición elemental para que la política social cumpla su propósito. Permitir que estos recursos sean objeto de litigio mercantil equivale a legalizar una forma de despojo. La pregunta de fondo no es técnica ni procesal: es ética y política. ¿Para qué existe un Estado que permite, con sello judicial, que se intente embargar la dignidad?




