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Manda el INE a funcionarios de la 4T quitar propaganda

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Agencias

El Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al gobernador de Veracruz, a la jefa de gobierno de la Ciudad de México y 11 gobernadores de la cuarta transformación bajar alrededor de 48 mensajes en sus cuentas de Twitter que se pueden considerar propaganda gubernamental prohibida en el marco de la consulta de revocación de mandato que se llevará a cabo el 10 de abril.

A continuación el comunicado: “La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró procedente la medida cautelar solicitada por el partido Movimiento Ciudadano (MC) en contra de la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México y de titulares de poderes ejecutivos de los estados de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Guerrero, Michoacán, Morelos, Nayarit, Puebla, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tlaxcala, Veracruz y Zacatecas, por diversas publicaciones en sus cuentas de Twitter alusivas a propaganda gubernamental y promoción personalizada durante el proceso de Revocación de Mandato, periodo prohibido para hacerlo.

Se consideró procedente conceder las medidas solicitadas por 48 publicaciones en esta red social, de las cuales 10 son de la Jefa de Gobierno de la CDMX, tres de Baja California, dos de Baja California Sur, 7 de Chiapas, uno Guerrero, uno Morelos, uno Nayarit, 11 de San Luis Potosí, 4 Sinaloa, 4 de Sonora, uno de Tabasco, dos de Veracruz y uno de Zacatecas, ya que de su análisis se desprende que realzan y exaltan logros y acciones de gobierno, que no están permitidos dentro de las excepciones que establecen el marco normativo y constitucional.

De forma preliminar, se determinó que no se está en presencia de un acto meramente informativo, espontáneo o que encuadre dentro de las excepciones constitucionales para la difusión de propaganda gubernamental, dado que se trata de la difusión expresa de logros y acciones del gobierno a su cargo, razón por la cual se ordenó a las siguientes personas, que de inmediato, en un plazo que no podrá exceder de tres horas eliminen las publicaciones denunciadas e informen del cumpimiento de la medida cautelar dentro de las 6 horas siguientes a que ello ocurra”.

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