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“INE cumplirá eficazmente con organizar la jornada para la revocación de mandato”

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El vocal ejecutivo de la Junta Distrital 10 del Instituto Nacional Electoral (INE), Eduardo Gerardo Romay Olmos, aseguró el instituto cumplirá eficazmente con la organización del proceso de revocación de mandato programado para el 10 de abril. “El organismo no solo garantiza la naturalidad de la democracia representativa sino que salvaguarda la decisión soberana del alma republicana que está en la ciudadanía”.

En conferencia de prensa indicó que en este distrito electoral 10 se instalarán 202 casillas, una de las cuales sería especial y se ubicará en la Central de Autobuses de Xalapa (CAXA) para aquellos ciudadanos que estén en tránsito.

El funcionario explicó que cada casilla contará con 2 mil boletas y la especial tendrá mil. Comentó que como parte del proceso se seleccionará a presidentes, secretarios, escrutadores y suplentes.

Son mil 10 los ciudadanos que contarán la votación en el distrito 10 y para iniciar con los procesos de capacitación 42 personas fueron contratadas temporalmente, 37 serán capacitadores asistentes electorales y cinco supervisores electorales.

“Exhortamos a la ciudadanía xalapeña a que reciba a este grupo debidamente identificado para ser integrado en las etapas de capacitación de las mesas directivas”.

Añadió que actualmente la lista nominal en este distrito es de 325 mil 429 personas, de las cuales 177 mil 261 son mujeres; es decir, el 54.5 por ciento y 141 mil 168 varones, que representa el 45.5 por ciento de los electores.

Cuestionado sobre la veda impuesta a las autoridades, aseguró que no han observado alguna situación irregular pero que estarán pendientes.

“En el distrito no hemos visto alguna situación pero estaremos muy al pendiente porque de hecho desde los primeros días de enero se les hizo llegar a los tres niveles de gobierno un oficio en donde se hace de conocimiento sobre la veda electoral que inició el 4 de febrero y concluye el 10 de abril”.

Alertó que las autoridades únicamente pueden difundir temas vinculados con protección civil, salud y educación, pero que temas de logros de gobierno están estrictamente prohibidos en esta veda electoral.

Se le preguntó por algunos automóviles que muestran apoyo a favor de la permanencia del presidente; sin embargo, confirmó que al tratarse de un tema personal y no de partido, los ciudadanos pueden expresar sus opiniones.

“Es un tema personal, no constituye un tema de partido político, es un derecho que tiene el ciudadano de poner lo que quiera en su vehículo”.

Al iniciar su mensaje y en medio de un ambiente de crítica hacia los medios de comunicación a nivel nacional, el vocal ejecutivo aseguró que sin duda los medios de comunicación coadyuvan a construir una opinión pública sólida, crítica e informada.

Por su parte, la vocal de capacitación electoral, Rosalía Uscanga Castillo, indicó que la primera insaculación identificó a 22 mil ciudadanos con domicilio en el distrito 10 federal, y que a partir del 9 de febrero los capacitados visitan a quienes salieron inmaculados.

TEV revoca acuerdo que quitó registro a “minipartidos”

Magistrados del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) revocaron el acuerdo OPLEV/CG034/2022, en donde el Consejo General resolvió la pérdida de registro de los partidos ¡Podemos!, Todos por Veracruz, Cardenista y Unidad Ciudadana.

Los magistrados resolvieron la sentencia relativa al recurso de apelación TEV-RAP-17/2022, interpuesto por Alfredo Arroyo López, en su calidad de representante propietario del partido político local ¡Podemos!, en contra del acuerdo del Consejo General del OPLE por el que se declaró la pérdida de registro del mencionado partido.

Por mayoría del pleno del TEV, con un voto particular, se declararon fundados los agravios expuestos por el recurrente y, en consecuencia, se revoca el acuerdo impugnado, de acuerdo con las siguientes consideraciones:

1. El recurrente alega que el acuerdo controvertido está indebidamente fundamentado y que, además, vulnera los principios de legalidad y congruencia, pues la autoridad responsable se apartó de la interpretación más favorable al ejercicio de las libertades políticas de las personas.

2. El recurrente adujo que el acuerdo impugnado viola los principios de certeza, seguridad jurídica y equidad, al haber modificado una situación jurídica preexistente al inicio del proceso electoral extraordinario para la elección de ediles de los ayuntamientos de Amatitlán, Chiconamel, Jesús Carranza y Tlacotepec de Mejía.

Por último, se observó que junto con el acuerdo OPLEV/CG034/2022, en donde el Consejo General resolvió la pérdida de registro de ¡Podemos!, dicha autoridad resolvió sobre la pérdida de registro de los partidos políticos locales Todos por Veracruz, Cardenista y Unidad Ciudadana, a través de los acuerdos OPLEV/CG033/2022, OPLEV/CG035/2022 y OPLEV/CG036/2022; por lo que, en atención al principio general del derecho, se advirtió que en la emisión de los acuerdos de pérdida de registro de los partidos políticos estatales concurrieron las mismas circunstancias fácticas, que determinaron la modificación indebida de una situación jurídica pre constituida, con posterioridad al inicio del proceso electoral extraordinario, por lo que se considera conceder efectos extensivos de lo que se decide en el controvertido, en beneficio de las organizaciones políticas que se ubican en la misma disposición que el partido ¡Podemos!

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