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Congreso tiene que hacer consulta para volver a legislar sobre ley de discapacidad

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A través de la correspondencia en la sesión ordinaria del Congreso de Veracruz, se recibió la notificación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de la invalidez de la reforma a la ley que reconocía la talla baja como un tipo de discapacidad.

En la reunión de trabajo se dio entrada al oficio 273/2023 en el que la SCJN informa sobre el resultado de la resolución de la acción de inconstitucionalidad 204/2020, que presentó la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

En el análisis que hacen los ministros de la Corte sobre la reforma propuesta y aprobada en la 65 Legislatura con mayoría del partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena), se determina que es improcedente por no haber consultado a una sola persona con discapacidad.

Por unanimidad, los 11 ministros determinaron que el actuar de los diputados locales de Veracruz va en contra del Derecho, al incumplir con el mecanismo que se debe seguir para crear y dictaminar una ley, así como contra los derechos humanos que garantiza la Constitución.

Rosario Piedra afirmó que las personas con alguna discapacidad no fueron consultadas o incluidas en algún foro para hablar de este tema. En el Congreso se incluyó la talla baja como una forma de discapacidad, la propuesta la presentó el priísta Jorge Moreno Salinas.

La declaratoria de invalidez decretada surtirá efecto a los 12 meses siguientes a la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso del Estado, plazo  en que se hará la respectiva consulta a las personas con discapacidad tras lo cual el Congreso deberá legislar nuevamente.

El ministro Arturo Zaldívar expuso que el Congreso no determinó necesario hacer consulta alguna a las personas con discapacidad durante el proceso legislativo al considerar que la reforma no afectaba sino beneficiaba a las personas con discapacidad.

“Al no consultar de manera previa a la emisión del decreto que se dirigía específica y de forma integral a las personas con discapacidad, no cumplió con los estándares aplicables”, refirió.

Agregó, en efecto, dicho decreto incluía la categoría de trastornos de talla en la definición de discapacidad física y agregaba como nuevas categorías sospechosas a los trastornos de talla, las condiciones económicas, el embarazo, la identidad política, la lengua, la situación migratoria y las preferencias sexuales.

“El incluir una categoría de deficiencia física y una denominación a un grupo poblacional con discapacidad, así como la inclusión de diversas categorías sospechosas, es una cuestión relacionada directamente con las personas con discapacidad, con su reconocimiento y visibilización en condiciones de igualdad”.

Es la segunda ocasión que los ministros revierten una reforma a leyes en Veracruz, por no hacer una consulta, ya había pasado con la reforma electoral en 2021 y que fue impugnada por partidos políticos y la gobernadora de pueblos indígenas en el estado.

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