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FALANGES: Agenda 2030, justicia e intromisión

Luis Adalberto Maury Cruz
lmaury_cruz@hotmail.com

¿Qué es la justicia para la Agenda 2030? La Agenda tiene un apartado de justicia que remite a su objetivo de desarrollo sustentable (ODS) “16: Promover sociedades justas, pacíficas e inclusivas.” Y en la página web de los ODS de la ONU señala que: “Los conflictos, la inseguridad, las instituciones débiles y el acceso limitado a la justicia continúan suponiendo una grave amenaza para el desarrollo sostenible.” “El número de personas que huyen de las guerras, las persecuciones y los conflictos superó los 70 millones en 2018, la cifra más alta registrada por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados en casi 70 años.”

Pero, esta instancia mundial es muda o poco hace respecto a las guerras hechas por EEUU, el Occidente Colectivo y de la OTAN que datan desde la posguerra de la segunda conflagración mundial, sin omitir el caso de los genocidios en Donbas de 2014 (que tiene su origen desde un año antes) o el conflicto social y armado en curso entre israelíes y palestinos por el control de la tierra de Palestina, que se remonta a mediados del siglo XX, EEUU apoya a Israel.​

También señala que “En 2019, las Naciones Unidas registraron 357 asesinatos y 30 desapariciones forzadas de defensores de los derechos humanos, periodistas y sindicalistas en 47 países.” Pero, la ONU calla o poco hace sobre el tráfico de armas hecho por Occidente a grupos terroristas, narcotraficantes y guerrillas, basta recordar el caso del operativo “Rápido y Furioso” (2006-2011) que permitió la entrega ilegal de armas largas de EEUU a grupos de delincuentes de México. Si esto lo hace en su frontera sur qué no hará en el resto del mundo. En efecto, el tráfico de armas (ilegal o legal) es una de las formas más extrema del libre mercado que permite ganancias para el complejo industrial militar.

También indica que “…uno de cada cuatro niños en todo el mundo con menos de 5 años nunca se registran de manera oficial, lo que les priva de una prueba de identidad legal, que es crucial para la protección de sus derechos y para el acceso a la justicia y a los servicios sociales”. Claro, el registro jurídico es un derecho individual (obviamente también son humanos de tener personalidad jurídica y nacionalidad), pero de suyo la ONU incurre en una aberración jurídica, pues el carecer de identidad “legal” no es condición para no gozar de los derechos humanos básicos como: a la vida y al alimento, la condición sine qua non es la presencia de la persona física.

La ONU señala estos hechos pero sin hacer acciones que permiten, efectivamente, tener un mundo más seguro; por el contrario ha sido muda cuando las políticas criminales son hijas de varios de los países del Occidente Colectivo y en particular de Washington. Como es sabido por todos ese orden unipolar estadounidense hoy se encuentra en crisis y colapsando, no por ello muerto.

Este ODS 16 se articula con la Declaración de Derechos Humanos, así como con el sistema de justicia internacional que remite por ejemplo a la Corte Penal Internacional y a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), al Tribunal Europeo de Derechos Humanos; pues es en este sistema e instancias donde se pueden hacer justiciables los ODS, no en el sentido de legitimidad sino de la imposición del sistema hipero-atributivo, que no han creado los Estados miembros sino que se le han impuesto desde el deep state del orden global neoliberal; es decir, sea generando un orden jurídico mundial de corte neoliberal, que hoy está en colapso global.

Sin embargo, para que este sistema de justicia internacional pueda ser aplicado a los Estados miembros han de haber suscrito el instrumento para que sean efectivos, legales y vinculantes; tal es el caso del Estatuto de Roma que es la piedra fundacional de la Corte Penal Internacional, de la cual 123 países son Estados parte; 33 son africanos; 19 de Asia; 18 de Europa oriental; 28 latinoamericanos y el Caribe; 25 de Europa occidental; 31 Estados no son parte; EEUU no lo ha ratificado; China, Israel y Rusia lo rechazan abiertamente; Filipinas y Burundi se han retirado.

La Corte Penal Internacional nace el 17 de julio de 1998, (ya para entonces había caído la URSS en 1991) en pleno proceso de la globalización neoliberal estadounidense, más que tener una vocación universal, es el brazo jurisdiccional de la élite global neoliberal. (Que mueve sus cartas para tener autoridades jurisdiccionales globales en donde las ONGS como Bill y Melinda Gates Foundation y Open Society Foundation que son entes privados neoliberales propulsoras de esta Agenda 2030 están presentes, pero esto será tema de otra columna).

En los Estados parte de la justicia global neoliberal, sus tribunales nacionales no son supremos ni soberanos. Basta recordar la sentencia de la CIDH contra el Estado Mexicano por la desaparición forzada Rosendo Radilla Pacheco. El portal de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (de México). Señala que en 2001 la Comisión “…emitió la Recomendación 26/2001, reconociendo la práctica de desaparición forzada como política de Estado, los familiares de Rosendo y de otras víctimas de desaparición forzada y ejecución extrajudicial presentaron, el 15 de noviembre del 2001, el caso ante la CIDH, como un ejemplo paradigmático de lo sucedido a cientos de familias durante la Guerra Sucia. El 23 de noviembre de 2009 el organismo emitió una sentencia, notificándola al Estado mexicano el 15 de diciembre de ese año. En ella, éste fue hallado responsable de la violación a los derechos a la libertad, a la integridad personal, a la vida y al reconocimiento a la personalidad jurídica de Radilla Pacheco, así como los derechos a la integridad física y mental, a las garantías judiciales y a la protección judicial de sus familiares. Además, señaló que el proceso ante la jurisdicción militar no respetó los estándares internacionales en materia de debido proceso.”

Este acto de justicia señalado por tiros y troyanos se debió a que México ratificó la Convención Americana o Pacto de San José de Costa Rica que es la piedra angular de la CIDH. Pero sólo 25 países del continente la suscribieron, 23 la integran ahora, después de la salida de Trinidad y Tobago en 1999 y de Venezuela el 2013, EEUU no es parte, lo cual deja impune todas las atrocidades perpetradas, y conocidas por todos, del Tío Sam en América Latina y si hay sentencia no seria vinculante, y rechazada por ser extraterritorial.

Es decir, el deseo de justicia globalista neoliberal y el ODS 16, no mide igual a la potencia del norte que al resto del mundo. La unipolaridad reclama un sistema normativo y judicial unipolar ad hoc a su ideología, por esto Washington atesora su soberanía jurisdiccional, hizo bien porque fue imperio unipolar garantizando sus intereses, y demeritan las de países extranjeros, los cuales hacen mal por claudicar a su soberanía. Por ello, a EEUU no se le impone la justicia, él es quien la dicta, la juzga y la ejecuta, no hay que olvidar que fue el policía del mundo, impone sanciones unilateralmente (ya no tan efectivas como hace 5 años antes) y aún es un imperio que se derrite por dentro impregnado de crisis política y económicas internas graves, pero es una potencia nuclear, económica y financiera; lo demás es propaganda woke.

Unas pinceladas puntuales:

El ODS 16 cuenta con 10 metas, de ellas retomaré algunas, la 16.1 establece: “Reducir significativamente todas las formas de violencia y las correspondientes tasas de mortalidad en todo el mundo” y la meta 16.2 señala: “Poner fin al maltrato, la explotación, la trata y todas las formas de violencia y tortura contra los niños.” Como es obvio estos no son metas porque no son realizables, ni cuantificables, son aspiraciones y deseos loables para muchas personas.

La meta 16.3 señala: “Promover el estado de derecho en los planos nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos”. Es una aspiración de todos ser sensato y razonable, pero es una intromisión, pues dice: “Promover” y ¿quién es la ONU para tener injerencia en la vida interna de los Estados? ¿Qué los Estados no son libres y soberanos? Como se ve y se comentó en columnas previas eso es parte de la unipolaridad y de la gobernanza mundial (que esta presente en la meta 16.8 de este ODS) que sólo existe si hay gobierno mundial; yo le digo deep state global neoliberal y fue el orden mundial hasta el 2020 con la llegada de la pandemia del Covid-19 y que a agudiza su caída con la Operación Militar en Ucrania de Rusia, la cual va perdiendo la OTAN.

La meta 16.4 indica: “De aquí a 2030, reducir significativamente las corrientes financieras y de armas ilícitas, fortalecer la recuperación y devolución de los activos robados y luchar contra todas las formas de delincuencia organizada”. Pero en la práctica la ONU es muda o estéril de las confiscaciones ilegales de activos extranjeros por instituciones financieras mundiales, eso se ilustra en los casos de congelación de fondos y/o de decomiso de reservas de oro de países como Venezuela o últimamente de Rusia , así como de confiscaciones de activos financieros y bienes de narcotraficantes mexicanos (entre otros) extraditados, capturados o buscados por EEUU, mediante la Interpol, la DEA, la CIA, por mencionar algunos, que le hacen la competencia a los chicos malos del Tío Sam. No hay que omitir que tales crímenes son internacionales, por tanto también debería ser la reparación de daños, para todas las víctimas, y no sólo para una parte; a esto atiende una confiscación y la cooperación internacional.

La meta 16.9 señala: “De aquí a 2030, proporcionar acceso a una identidad jurídica para todos, en particular mediante el registro de nacimientos”, pero ¿qué quiere decir “identidad jurídica” y “registro de nacimientos”? Lisa y llanamente son datos personales masivos otorgados para la ONU, ¿usted cree que esa información privada no se usará en la guerra, la política y en el mercado?; en efecto, es big data para negocios de ese deep state.

Haciendo una digresión: quizá vea la tendencia global de la oralidad jurídica de cuño estadounidense y de énfasis en los derechos individuales, el propietarismo y el libre mercado desde el encuadre neoliberal; esto es imperante para comprender la noción de justicia de la Agenda 2030; que evidentemente son anteriores a dicha Agenda pero que son parte crucial de su sustento, los otros son los interesa reales del deep state neoliberal.

A manera de cierre:

La justicia de la Agenda 2030 se articula con la gobernanza mundial y por ende con ese deep state, pues sin un marco jurídico y punitivo global no hay gobernanza mundial. Por ende, la justicia global está por encima y supedita al sistema jurisdiccional patrio a un orden supranacional. De forma categórica, la justicia de la Agenda 2030 es globalista neoliberal, es apátrida. Este fue el sistema normativo y judicial del viejo orden unipolar estadounidense.

Casos como el de Rosendo Radilla son páginas negras de la historia de las naciones, primero: porque es una violación de derechos humanos y, segundo: porque se abdicó a la soberanía jurisdiccional, y por tanto a la soberanía sin más, dejando de ser Estado para ser colonia. Los tribunales supremos de las naciones son sólo tribunales.

No se trata de caer en chovinismo burdo, pues es claro que hay corrupción en las justicias nacionales con ministros, magistrados, jueces, secretarios improvisados que carecen de carrera judicial, siendo plagistas, haciendo actos de flagrante corrupción, sólo veamos a EEUU (que cerró anticipadamente el caso de García Luna que debelaría la corruptela del otro lado del Río Bravo) o a México (con el cartel de la Toga y Norma Piña), y que decir de Veracruz (que cerró 29 juzgados).

Hay que reconocer: la Agenda 2030 y el entramado jurisdiccional internacional neoliberal responde a Washington y al Occidente Colectivo, no al sur global, pero tampoco debemos sustraernos de la conquista de los derechos humanos sino de verlos desde la multipolaridad y la multilateralidad global, y de la real correlación de fuerzas e intereses aunado al concepto de estabilidad geoestratégica.

(No menos cierto es que en tribunales internacionales EEUU a perdido litigios, como fue el fallo a favor de México y Canada vs Washington del panel de solución de controversias bajo el T-MEC respecto a la interpretación de las Reglas de Origen del sector automotriz en este 2023, pero este es un sistema jurídico neoliberal).

El punto es aprender a ser jurisdiccionalmente soberanos, comprender a la justicia desde un entorno de multipolaridad, pero ¿usted cree que esto se discute en la gran mayoría de las escuelas y facultades de derecho, ciencia política, sociología, filosofía entre otras?… yo tampoco.

En fin, ¿usted qué piensa?…

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