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Asipona, ex Apiver, pagó 13.9 mdp por obra que no se usará: ASF

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Veracruz, Ver.- La Administración del Sistema Portuario Nacional (Asipona) de Veracruz pagó más de 13.9 millones de pesos en una obra que no será utilizada de acuerdo con el reporte de la Auditoría Superior de la Federación (ASF) de la cuenta pública 2020.

De acuerdo con el informe realizado por la Auditoría Superior de la Federación la obra sí fue ejecutada y pagada en cuatro contratos que terminaron, pero que no están en operación y representan una diferencia de 52.1 millones de pesos por descuento en el volumen de acero, por falta de documentación soporte de volumen de concreto, del uso de una grúa, y por números generadores con errores aritméticos; y por deficiente planeación en un concepto extraordinario que posteriormente a su ejecución fue parcialmente demolido.

“La omisión de descontar el área de acero en el volumen de concreto del API-GI-CO-62601-055-19 “Construcción de puente cajón en arroyo Lagartos”, determinó la auditoría.

Se recuperaron recursos por 39 millones 391 mil 96 pesos, con motivo de la intervención de la ASF, de los cuales 15 millones 669 mil 43 pesos se generaron por cargas financieras; 52 millones 99 82 pesos están pendientes de aclaración.

De los ocho resultados en uno no se detectó ninguna irregularidad, cuatro fueron solventadas las observaciones antes de que se emitiera el informe y tres más no, estos resultaron en una solicitación de aclaración y tres promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.

“Los trabajos de los contratos núms. API-GI-CO-62601-013-20, ‘Construcción de vialidad del eje 14, a base concreto hidráulico…’ API-GI-CO-62601-053-19, ‘Canalización para reforzamiento de anillo en media tensión…’ API-GI-CO-62601-054-19, ‘Construcción de canalización troncal para media tensión…’ y API-GICO-62601-051-19 ‘Construcción de 2 tanques elevados y una cisterna…’, se encuentran terminados, sin embargo, no están en operación, esto es lo que determina la ASF.

En el contrato núm. API-GI-CO-62601-057-19, para “construcción de drenaje pluvial”, la ASF halló que se realizó una deficiente planeación, debido a la autorización del concepto extraordinario relativo a una caja de concreto armado que se demolió parcialmente.

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