Por Edgar J. González Gaudiano
El jueves 4 de septiembre del presente año se publicó en este periódico La Jornada Veracruzana el artículo “El problema cuando cualquier persona pueda interpretar la Legislación Universitaria”, suscrito por el Dr. José Rigoberto Gabriel Argüelles.
El artículo aduce que en 2016 me aproveché del hecho de que una académica del Instituto de Investigaciones en Educación no podía seguir al frente de dos tesistas de doctorado porque había renunciado a su plaza, por lo que quedaba impedida por el Reglamento General de Estudios de Posgrado 2010, en ese entonces vigente, al dejar de ser miembro “del personal académico en funciones de docencia e investigación” (Art. 32).
El Dr. Gabriel deja implícito que gracias a su intervención la académica de referencia pudo aparecer como codirectora de dicha tesis, para lo cual él no tenía facultades ni siendo Director General de Estudios de Posgrado, como era en ese momento. Sin embargo, señala que cuando el Consejo Técnico estableció que alguien del Instituto tenía que aparecer como codirector, me había designado para hacerlo.
A partir de esta información, el autor del artículo realiza una serie de retorcidos argumentos de los que deduce, al margen de la sintaxis, que me apropié indebidamente de la tesis sin merecimiento alguno, y presenta como prueba que la tesis no aparece en el repositorio institucional y que en un archivo de la tesis en internet aparecemos como codirectores la académica y yo.
Quiero precisar ante los infundios que se hacen contra mi persona, que efectivamente el Consejo Técnico del Instituto me designó como codirector de la tesis y que acepté dicha designación siendo el director de dicho Instituto, como una forma de desatorar el problema administrativo puesto que la estudiante tenía prisa por presentar su examen de grado, ya que quería concursar por una plaza en otra universidad.
Eso no significa que, posiblemente en este caso y en otros en más de 50 años de trayectoria universitaria, no haya tenido faltas de juicio. Pero si se revisa el repositorio de las tesis del propio Instituto (5ta-generacion-febrero-2013 – Doctorado en Investigación Educativa) podrán constatar que en las dos tesis de la académica involucrada no aparezco yo, ni tampoco otro académico o académica en funciones de codirección.
Si como investigador el Dr. Gabriel hubiese tenido la curiosidad de verificar mi CVU de la SECIHTI, también se hubiera dado cuenta de que no tengo reportada a ninguna de esas egresadas, entre las más de dos decenas de tesistas de posgrado que he dirigido a lo largo de mi carrera; por lo que hacer todo ese ejercicio para denunciar que me apoderé de los trabajos recepcionales de la mencionada académica, solo puede obedecer al propósito de intentar desacreditar a mi persona mediante falsedades y calumnias.
Ni me doy baños de pureza, ni me siento todopoderoso, como con torpeza me acusa el Dr. Gabriel en busca de prosopopeyas para cerrar sus embustes. No habiendo tenido durante mi estancia en la Universidad Veracruzana ningún desencuentro con el susodicho, solo puedo inferir que fue mandado a escribir algo en mi contra. La titiritera debería elegir un mejor emisario para la próxima.



