Tras el rechazo del denominado “Plan A” en la Cámara de Diputados, el “Plan B” de reforma electoral fue presentado ante el Senado de la República. Esta iniciativa retoma ejes centrales como la austeridad en el gasto público y la revocación de mandato, articulándolos mediante modificaciones constitucionales y legales orientadas a redefinir el ejercicio del poder público.
La propuesta se sustenta en dos principios fundamentales: por un lado, la eficiencia en el uso de los recursos públicos, con el fin de canalizar los ahorros hacia los sectores más necesitados; por el otro, el fortalecimiento de la democracia directa a través de la revocación de mandato, concebida como un instrumento constitucional que permita a la ciudadanía remover, de manera institucional y pacífica, a un gobernante que no garantice el bienestar de la población o que actúe en contra del interés público.
Entre sus principales planteamientos destacan cambios sustanciales en la revocación de mandato; en la integración y el financiamiento de ayuntamientos y congresos locales; así como en la regulación de las remuneraciones de altos funcionarios y de los consejeros de los organismos electorales.
Revocación de mandato (Artículo 35 Constitucional)
La reforma plantea fortalecer la revocación de mandato como un derecho ciudadano orientado a evaluar la continuidad del Ejecutivo Federal, bajo el principio de que la legitimidad del poder deriva de la voluntad popular.
La revocación de mandato se podrá solicitar en una sola ocasión y durante los tres meses posteriores a la conclusión del segundo o tercer año del periodo constitucional. La jornada de participación se llevaría a cabo el primer domingo de junio del tercer o cuarto año de gobierno. Durante el proceso, la persona sujeta a revocación podrá difundir información y promover el voto a su favor, en ejercicio de su derecho de expresión y defensa, siempre que no utilice recursos públicos. Asimismo, se establece la suspensión de la propaganda gubernamental sesenta días antes de la jornada.
La iniciativa define la revocación de mandato como una conquista democrática, al considerar que permite a la ciudadanía retirar del poder, de manera institucional y pacífica, a gobernantes que incumplan sus responsabilidades. Asimismo, sostiene que la revocación de mandato se basa en el principio democrático de que el pueblo pone y el pueblo quita. Además, se busca evitar que el triunfo electoral se interprete como un mandato irrestricto, promoviendo una relación permanente de rendición de cuentas entre gobernantes y sociedad.
Diversos actores políticos han expresado reservas sobre este planteamiento. La oposición sostiene que, en los términos propuestos, el mecanismo se asemeja más a una ratificación del mandato que a una revocación. Por su parte, el Partido del Trabajo (PT) ha manifestado su desacuerdo con la realización del ejercicio en las elecciones intermedias de 2027, al considerar que podría derivar en una campaña permanente del Ejecutivo Federal y generar ventajas políticas en favor del partido en el poder y en contra de los demás partidos políticos.
Presupuesto e Integración de Ayuntamientos (Artículo 115 Constitucional)
Este eje tiene como propósito prevenir el uso indebido de los ayuntamientos con fines personales o políticos, al tiempo que impulsa la austeridad mediante una estructura municipal simplificada, integrada por una presidencia municipal, una sindicatura y hasta quince regidurías. Dicha integración deberá apegarse a los principios de paridad de género —tanto vertical como horizontal—, así como a la perspectiva de género y a la igualdad sustantiva en el acceso, la conformación y el ejercicio del poder público municipal.
La iniciativa sostiene que la reducción de regidurías permitiría liberar recursos para fortalecer la hacienda municipal, orientándolos prioritariamente a servicios públicos, obra local y programas de bienestar. En este sentido, la propuesta privilegia la representación efectiva por encima de estructuras administrativas sobredimensionadas, en consonancia con los principios de federalismo y eficiencia presupuestal.
No obstante, el Partido de Acción Nacional (PAN) ha advertido que, de acuerdo con la distribución municipal vigente en 2026, al menos 1,029 ayuntamientos cuentan con menos de siete regidurías. Bajo el esquema originalmente propuesto, estos municipios tendrían que incrementarlas para ajustarse al rango establecido, lo que implicaría un aumento del gasto público y una reducción del ahorro previsto. En respuesta a esta crítica, se eliminó el límite mínimo de regidurías, ajustando la redacción de la iniciativa para atender los señalamientos del PAN.
Presupuesto de congresos locales (Artículo 116 Constitucional)
La reforma propone establecer un criterio de disciplina y coherencia presupuestaria en las entidades federativas, limitando el gasto de los congresos locales. El presupuesto anual de las legislaturas locales no podrá exceder el 0.70 % del presupuesto de egresos de cada entidad federativa. Asimismo, deberán garantizar los principios de paridad, igualdad sustantiva y perspectiva de género, en la integración y funcionamiento de los órganos legislativos locales
Aquellos congresos que ya operen por debajo de este límite no podrán autorizar incrementos reales respecto al monto ejercido en 2026, permitiéndose únicamente ajustes conforme a la inflación anual. Se prohíben ampliaciones, transferencias o reasignaciones presupuestales que superen estos topes.
El argumento central es asegurar que el gasto legislativo mantenga una proporción razonable frente al presupuesto público total y que no represente una carga financiera excesiva para las entidades. Sin embargo, se ha señalado que, dado que solo una parte de las legislaturas supera actualmente el límite propuesto, la medida podría incentivar aumentos hasta el tope máximo, reduciendo el impacto esperado en términos de ahorro.
Remuneraciones y seguros de funcionarios (Artículo 134 Constitucional)
Este eje se orienta a eliminar privilegios en la alta burocracia de los entes públicos, incluidos los organismos electorales. Para ello, se establece que las remuneraciones de consejeros, magistrados y titulares de áreas técnicas del INE, de los organismos públicos locales electorales y de los tribunales electorales no podrán exceder el límite previsto en el artículo 127 constitucional.
Asimismo, se prohíbe la contratación con recursos públicos de seguros de gastos médicos, de vida o de separación individualizada, así como cajas de ahorro especiales, salvo las excepciones previstas en la ley o en contratos colectivos. La iniciativa sostiene que la eliminación de estos beneficios permite un uso más responsable de los recursos públicos y canaliza los ahorros hacia fines de mayor impacto social.
Presupuesto del Senado (Artículo Transitorio Tercero)
La iniciativa establece una ruta de ajuste presupuestario específica para el Senado de la República, con el objetivo de garantizar una reducción real del gasto. Se plantea una disminución acumulada del 15 % en términos reales durante los cuatro años posteriores a 2026, tomando como base el presupuesto de ese ejercicio, sin afectar los derechos laborales de los trabajadores.
Esta medida busca responder a la demanda ciudadana de mayor austeridad y transparencia, así como reducir el dispendio asociado a la actividad legislativa, reforzando la idea de que la función pública debe orientarse al servicio de la sociedad.
El “Plan B” de austeridad y revocación de mandato se presenta como una propuesta orientada a redefinir la relación entre el poder público y la ciudadanía, al colocar en el centro la vigilancia democrática y el uso responsable de los recursos públicos. Al fortalecer la revocación de mandato y establecer límites presupuestales y salariales para distintos niveles de gobierno y organismos electorales, la iniciativa busca atender una demanda social de mayor control, transparencia y austeridad en el ejercicio gubernamental.
No obstante, la propuesta pone de relieve que, más allá del discurso de austeridad y democratización, persisten tensiones entre el diseño institucional, los intereses políticos y la implementación de las reformas. Estas divergencias entre el partido en el poder y sus aliados siembran incertidumbre sobre su eventual aprobación en el pleno del Senado.




